Aviso Un Parking Sancionado por Negar las Grabaciones tras Dañar un Vehículo

¿Qué Derechos Tiene el Usuario?

Cuando un vehículo resulta dañado mientras permanece estacionado en un parking, muchas personas creen que la única opción es asumir los costes si desconocen quién provocó el golpe. Sin embargo, una reciente resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha recordado que los usuarios también tienen derechos respecto a las grabaciones de videovigilancia, especialmente cuando estas pueden servir como prueba para reclamar los daños sufridos.

El caso tuvo lugar después de que un cliente encontrara su vehículo con importantes daños tras permanecer varios días en un aparcamiento gestionado por una empresa privada. Ante esta situación, su abogado solicitó el acceso a las imágenes captadas por las cámaras de seguridad para identificar al responsable del impacto. Además, pidió expresamente que dichas grabaciones no fueran eliminadas mientras se resolvía la reclamación.

Las grabaciones de videovigilancia pueden ser una prueba fundamental para reclamar los daños sufridos en un vehículo.
Las grabaciones de videovigilancia pueden ser una prueba fundamental para reclamar los daños sufridos en un vehículo.

La empresa respondió fuera del plazo legal establecido y denegó el acceso alegando que era necesaria una denuncia previa. Cuando finalmente contestó, informó además de que las imágenes ya habían sido borradas al haber expirado el plazo de conservación. Esta actuación fue analizada por la AEPD, que concluyó que la empresa había vulnerado varios derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

En concreto, la Agencia consideró que el parking incumplió el derecho de acceso al exigir un requisito que la normativa no contempla, como es la presentación de una denuncia policial, además de responder fuera del plazo máximo de un mes. También reprochó que la empresa calificara la búsqueda de las imágenes como una carga excesiva sin ofrecer ninguna alternativa al afectado.

La segunda infracción fue todavía más relevante. Pese a que el cliente había solicitado expresamente la conservación de las grabaciones para poder utilizarlas en un eventual procedimiento judicial, la empresa procedió a eliminarlas, impidiendo que esas imágenes pudieran servir como prueba. Para la AEPD, esta actuación afectó directamente al derecho a la tutela judicial efectiva del usuario.

Como consecuencia, la Agencia impuso inicialmente una sanción de 150.000 euros, correspondiente a dos infracciones muy graves del RGPD. Posteriormente, la cuantía quedó reducida a 90.000 euros tras el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario por parte de la empresa, aunque la resolución también obligó a implantar nuevas medidas internas para evitar que hechos similares vuelvan a repetirse.

Este caso demuestra que las imágenes de videovigilancia pueden convertirse en una prueba esencial cuando se producen daños en un vehículo dentro de un aparcamiento. Aunque el acceso a estas grabaciones debe respetar la normativa de protección de datos y los derechos de terceros, ello no significa que una empresa pueda denegarlo de forma automática o destruir las imágenes cuando existe una solicitud expresa de conservación

Solicitar la conservación de las grabaciones a tiempo puede resultar decisivo para proteger tus derechos.
Solicitar la conservación de las grabaciones a tiempo puede resultar decisivo para proteger tus derechos.

Si has sufrido daños en tu vehículo dentro de un parking y necesitas conocer tus derechos o valorar las posibles acciones legales, contar con asesoramiento jurídico desde el primer momento puede resultar determinante para preservar las pruebas y defender adecuadamente tus intereses.

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