¿Pierdes Hasta 140 Euros al Mes? Sin Saberlo
Miles de Jubilados Pueden Estar Perdiendo Hasta 140 Euros al Mes por no Solicitar Este Complemento de la Seguridad Social
Miles de pensionistas en España podrían estar dejando de percibir hasta 140 euros mensuales por no haber solicitado uno de los complementos previstos por la Seguridad Social para reducir la brecha de género en las pensiones.
Este complemento fue creado para compensar el perjuicio que la maternidad o la crianza de los hijos ha podido tener sobre la carrera profesional y, en consecuencia, sobre la cuantía de la pensión. Aunque inicialmente estaba dirigido únicamente a las mujeres, diversas resoluciones judiciales y la evolución de la normativa han permitido que también pueda ser reconocido a determinados hombres que acrediten haber visto afectada su trayectoria laboral por el cuidado de sus hijos.
Durante varios años, numerosas solicitudes presentadas por hombres fueron rechazadas por la Administración. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que esa diferencia de trato suponía una discriminación por razón de sexo, lo que abrió la puerta a que miles de afectados pudieran reclamar este derecho.
La jurisprudencia posterior ha reforzado esta protección. El Tribunal Supremo consolidó este criterio mediante la Sentencia 310/2026, de 25 de marzo, reconociendo además la posibilidad de reclamar una indemnización de 1.800 euros por los daños ocasionados cuando el complemento fue denegado de forma indebida tras la doctrina fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Actualmente, pueden solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género quienes hayan accedido a una pensión contributiva a partir del 4 de febrero de 2021, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social, entre ellos haber tenido al menos un hijo y que la pensión reconocida sea inferior a la del otro progenitor cuando proceda.
Por su parte, quienes obtuvieron una pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 pueden tener derecho al anterior complemento por maternidad, siempre que no lo hayan percibido con anterioridad y reúnan las condiciones legalmente exigidas.
La solicitud puede presentarse una vez reconocida la pensión y requiere aportar la documentación que acredite la identidad del solicitante y el vínculo familiar, como el libro de familia, certificados de nacimiento o documentación de adopción cuando corresponda.
Si la Administración reconoce el derecho, el complemento comenzará a abonarse junto con la pensión e incluirá los atrasos que correspondan desde la fecha en que debió reconocerse.
Conocer este tipo de prestaciones resulta fundamental para evitar perder derechos económicos que la legislación reconoce. En caso de dudas sobre si se cumplen los requisitos o sobre una posible denegación, es recomendable recibir asesoramiento jurídico para valorar las opciones de reclamación.
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