El TSJ de Cataluña Recuerda:

Una Empresa no Puede Sancionar dos Veces al Trabajador por los Mismos Hechos

Cuando un trabajador incumple sus obligaciones laborales, la empresa puede adoptar medidas disciplinarias previstas en la legislación. Sin embargo, estas actuaciones deben respetar los principios básicos del Derecho laboral. Uno de ellos es que un mismo hecho no puede dar lugar a dos sanciones distintas.

Así lo ha recordado recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat), que ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de un trabajador, pero ha condenado a la empresa a abonarle los salarios que había dejado de pagar antes del despido por considerar que esa decisión suponía una doble sanción.

El caso comenzó cuando un trabajador, tras permanecer en situación de incapacidad temporal durante un largo período, recibió el alta médica y fue citado para reincorporarse a su puesto de trabajo. La empresa incluso adaptó sus funciones a sus limitaciones físicas, asignándole tareas compatibles con su estado de salud.

Pese a ello, el empleado no acudió a su puesto durante varias semanas y tampoco justificó su ausencia. Tras diversos requerimientos y comunicaciones, la empresa inició un expediente disciplinario que concluyó con su despido por faltas muy graves de asistencia y desobediencia.

La empresa puede ejercer su potestad disciplinaria, pero siempre dentro de los límites establecidos por la legislación laboral.
La empresa puede ejercer su potestad disciplinaria, pero siempre dentro de los límites establecidos por la legislación laboral.

Hasta ese momento, la actuación empresarial resultaba ajustada a Derecho. No obstante, además del despido, la empresa decidió no abonar al trabajador los salarios correspondientes al tiempo transcurrido desde el alta médica hasta la fecha del despido.

Fue precisamente esta decisión la que terminó siendo revisada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

La Sala recordó que el incumplimiento del trabajador ya había sido sancionado mediante el despido disciplinario. En consecuencia, dejar de pagar los salarios correspondientes al mismo período suponía imponer una segunda sanción por los mismos hechos, algo incompatible con los principios del Derecho sancionador aplicables también en el ámbito laboral.

Por ello, el tribunal confirmó que el despido era procedente, pero declaró que la empresa debía abonar los salarios pendientes, la liquidación correspondiente y los intereses legales, al considerar que no podía castigar dos veces la misma conducta.

Una misma conducta no puede dar lugar a dos sanciones distintas cuando la ley ya prevé una consecuencia disciplinaria.
Una misma conducta no puede dar lugar a dos sanciones distintas cuando la ley ya prevé una consecuencia disciplinaria.

Esta resolución pone de manifiesto que tanto trabajadores como empresas deben actuar dentro del marco legal. Las empresas conservan su facultad disciplinaria, pero deben ejercerla respetando los límites establecidos por la normativa laboral y la jurisprudencia.

Conocer estos límites resulta fundamental para evitar conflictos y garantizar que cualquier medida disciplinaria se adopte con pleno respeto a los derechos de ambas partes. Ante un despido o cualquier actuación empresarial que pueda resultar irregular, contar con asesoramiento jurídico especializado permite valorar si se ha actuado conforme a Derecho y ejercer, en su caso, las acciones correspondientes.

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